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Situación: Ley o política (sub)nacional adoptada
En México existe desde 2012 una ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas. Además, los distintos Estados mexicanos están adoptando leyes similares por separado. 19 de los 31 estados mexicanos ya han adoptado leyes sobre la protección de las personas defensoras de los derechos humanos[1] (DDH o personas defensoras). No obstante, México sigue siendo uno de los países más peligrosos del mundo para las personas defensoras de los derechos humanos.
El 25 de junio de 2012, el Parlamento de México aprobó la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. México es el tercer país que ha adoptado una política de protección para las personas defensoras de los derechos humanos, después de Colombia y Brasil. Debido a la estructura federal de México, su aplicación real depende de los acuerdos firmados con los gobiernos estatales[2]. En julio de 2022, 19 de los 31 Estados habían adoptado leyes de protección de las personas defensoras de los derechos humanos. Además, el gobierno está desarrollando actualmente una versión actualizada de la ley nacional. Protection International está apoyando activamente este proceso.
México es supervisado por la Relatora Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, que realizó su última visita a México en 2017. En el informe de esta visita, la Relatora Especial señaló el elevado número de casos relacionados con los derechos fundamentales de las personas defensoras de los derechos humanos y la continua impunidad de los delitos cometidos (par. 9). En cuanto al mecanismo nacional de protección, la Relatora Especial afirma que su aplicación es lenta y que los procedimientos excesivamente complicados bloquean el acceso de las personas defensoras de los derechos humanos a la reparación y la protección (par. 10). Sigue habiendo una violencia generalizada y continua contra las personas defensoras de los derechos humanos.
México también es objeto de seguimiento por parte de la Relatoría sobre Defensores de Derechos Humanos y Operadores de Justicia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El último informe nacional sobre México de 2015 contiene un capítulo sobre personas defensoras de derechos humanos (p. 157), en el que se describen los frecuentes ataques contra personas defensoras de derechos humanos en todo el país y se enumeran las medidas cautelares[3] adoptadas por la Comisión Interamericana para garantizar la seguridad de determinados casos individuales de personas defensoras de derechos humanos.
El monitor 2022 de CIVICUS califica a México de “reprimido”, lo que significa que “el espacio cívico está significativamente restringido“. El Índice Freedom House califica a México como “parcialmente libre”, con una puntuación global de libertad de 60/100. Los motivos de preocupación incluyen el aumento de la autocensura, los asesinatos de periodistas y personas defensoras de los derechos humanos y el incremento de los ataques contra personas defensoras del medio ambiente.
[1] Esta información se actualizó en julio de 2022.
[2] Para más detalles sobre el sistema federal mexicano, consulte Protection International (2017), ¡Es Tiempo YA!
[3] “Una medida cautelar es un mecanismo de protección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través del cual solicita a un Estado que proteja a una o más personas que se encuentren en una situación de gravedad y urgencia de sufrir un daño irreparable. Cualquier persona u organización puede presentar una solicitud de medidas cautelares a favor de una persona o grupo de personas identificadas o identificables que se encuentren en una situación de riesgo.” (https://www.oas.org/en/IACHR/jsForm/?File=/en/iachr/decisions/MC/about-precautionary.asp)
Actualizado: 17/02/2023
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