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En enero 2021, tras la invitación de PI, más de 65 personas defensoras de derechos humanos y expertos de América, Europa, Oriente Medio y Norte de África, África subsahariana y Sudeste Asiático se reunieron para elaborar una lista de principios “Redefiniendo el enfoque de riesgo“. A continuación, un resumen.
El enfoque de riesgo se ha convertido en una herramienta integral para abordar la protección de las personas defensoras de derechos humanos (personas DDH) alrededor del mundo. Su adopción ha sido rápida, en parte debido a que el enfoque del riesgo ha estado permeando muchas facetas de la sociedad durante décadas, y en parte debido a que ofrece instrumentos sencillos y fácilmente aplicables para llevar a cabo un análisis situado para las personas DDH que están amenazadas, ofreciendo una vía para la toma eficaz de decisiones. Sin embargo, su simplicidad, aplicabilidad y uso indiscriminado también han mostrado deficiencias y limitaciones, las cuales es necesario abordar.
Los Principios del análisis de riesgo y planes de protección que se enumeran a continuación tienen por objeto establecer estándares mínimos sobre la forma en que debe conceptualizarse un análisis de riesgo, cómo debe abordarse y cómo puede traducirse en un plan de protección adecuado.
El Estado, y no las personas DDH, tiene la obligación y lleva la carga principal de reducir el riesgo que puedan enfrentar las personas DDH.
Un análisis de riesgo y un plan de protección son más eficaces cuando se elaboran con la participación activa de las personas DDH interesadas y son aceptados en última instancia por ellas.
Las personas DDH tienen derecho a un proceso de análisis de riesgo y de planificación de la protección que sea seguro, transparente y claramente comprensible, incluso para los no expertos.
Un análisis de riesgo y un plan de protección deben realizarse con un enfoque diferencial (no discriminatorio) de género, interseccional y psicosocial.
Un análisis de riesgo y un plan de protección deben adoptar un enfoque amplio, teniendo en cuenta otras posibles fuentes de agresión que puedan afectar a la capacidad de las personas DDH para llevar a cabo su labor, a pesar de que no estén directamente relacionadas con la labor de las personas DDH
Un análisis de riesgo debe incluir, además de los ataques a la vida y a la integridad física, las agresiones de todo tipo, así como la forma en que esas agresiones se acumulan según la situación de las personas DDH.
Un análisis de riesgo debe tener en cuenta el contexto y situar en el centro a las personas DDH y sus comunidades. Un análisis de riesgo debe actualizarse y evaluarse periódicamente.
Un análisis de riesgo debe ser de carácter cualitativo y deliberativo, ya que no existe una base sociocientífica comprobada para cuantificar matemáticamente el riesgo que pueden correr las personas DDH.
Deben adoptarse todas las medidas necesarias para garantizar que las personas DDH puedan participar de manera significativa y efectiva en su proceso de análisis de riesgo.
Un análisis de riesgo no debe considerarse una investigación, sino una evaluación en la que el testimonio y las experiencias de las personas DDH son fundamentales. Siempre debe aplicarse la presunción de buena fe de las personas DDH y de la veracidad de sus afirmaciones, y el principio de “No causar daño”.
Realizar un análisis de riesgo y estimar el nivel de riesgo son dos pasos relacionados pero diferenciados, dentro de la evaluación general. Ambos son importantes para evaluar el riesgo que pueden enfrentar las personas DDH.
Un análisis de riesgo debe ser realizado por personas con formación específica en análisis de riesgo de las personas DDH, y debe seguir las prácticas óptimas existentes, incluida la aplicación de un enfoque basado en los derechos humanos, el género y el cuidado psicosocial, a fin de evitar cualquier revictimización.
Un análisis de riesgo debe servir de base para crear un plan de protección adecuado.
Uno de los objetivos fundamentales debe ser reducir las amenazas contra las personas DDH, es decir, reducir la intención y la capacidad de los posibles agresores para actuar. Cualquier propuesta de limitación de las actividades de las personas DDH que esté basada en razones de seguridad debe estar bien motivada, ser necesaria, legal, proporcional al nivel de riesgo y mantenerse el mínimo tiempo posible.
Un plan de protección debe tener resultados esperados claros para las diferentes situaciones de riesgo priorizadas, debe tener en cuenta el contexto y debe actualizarse y evaluarse periódicamente.
Un plan de protección debe ser amplio y adaptado a la labor de las personas DDH. Debe prevenir y abordar las diferentes fuentes de agresión y sus consecuencias.
Dado que el Estado es el principal responsable de la aplicación del plan de protección, los órganos del Estado deben adoptar las medidas necesarias -incluidas el establecimiento de políticas públicas, reformas reglamentarias, mecanismos de coordinación, etc.- para que todas las entidades públicas nacionales y locales se movilicen sistemáticamente, en el marco de sus competencias, para contribuir eficazmente a la aplicación del plan de protección.
Encuentren el documento completo sobre los Principios del análisis de riesgo y planes de protección español, inglés, francés, portugués y árabe. La animación explicativa está disponible actualmente en inglés, español, y francés.
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