Estados Unidos: Proyecto de ley sobre la protección de las personas defensoras en misiones en el extranjero

En marzo de 2023, el senador Robert Menéndez, quien preside el Comité de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos, propuso un proyecto de ley sobre la protección de las personas defensoras de los derechos humanos (DDH o personas defensoras) en las misiones diplomáticas de Estados Unidos en el extranjero, titulada la Ley de las Voces Globales de la Libertad (the Global Voices of Freedom Act). El proyecto de ley, si se acepta, orientará las políticas estadounidenses en materia de protección de las personas defensoras en los países donde Estados Unidos tiene embajadas y/o misiones diplomáticas.

El proyecto de ley estipula medidas que las embajadas deben aplicar en relación con la protección de las personas defensoras de los derechos humanos. Esto incluye la formación de todo el personal de las embajadas sobre cómo y cuándo responder a las represalias contra las personas defensoras de los derechos humanos, pero también el nombramiento de un punto focal en cada embajada estadounidense y el desarrollo de procedimientos de supervisión de las violaciones del derecho a defender los derechos humanos. También estipula que los funcionarios estadounidenses deben utilizar la presión diplomática para reducir la impunidad de los ataques contra las personas defensoras de los derechos humanos, así como emprender actividades para colaborar con los mecanismos de la ONU a fin de mejorar la protección de las personas defensoras de los derechos humanos.

Otros países, principalmente europeos, han aplicado una legislación similar con el desarrollo de una aplicación independiente de las Directrices de la UE sobre Defensores de los Derechos Humanos (algunos ejemplos son Finlandia, Reino Unido y Suiza).  Protection International no considera este tipo de legislación como una política nacional de protección de las personas defensoras de los derechos humanos, ya que no se aplica a las personas defensoras dentro del país que la adopta. No obstante, estas medidas pretenden contribuir a crear un entorno propicio para las personas defensoras de los derechos humanos en los países en los que EEUU trabaja en misiones en el extranjero, ya que proporcionan un punto focal sobre el terreno dedicado a prestar asistencia a las personas defensoras de los derechos humanos mediante (entre otras actividades) la facilitación de espacios de debate o la prestación de apoyo ad hoc a las personas defensoras de los derechos humanos que lo necesiten.

Encuentra aquí la publicación original en inglés (US Foreign Relations Committee).