El Peruano. Diario oficial
Artículo 1.- Creación de la Unidad Funcional de Delitos Ambientales
Crear la Unidad Funcional de Delitos Ambientales – UNIDA del Ministerio del Ambiente, dependiente del Viceministerio de Gestión Ambiental, que estará a cargo de un/a Coordinador/a.
Artículo 2.- De las funciones
La Unidad Funcional a la que hace referencia el artículo 1 tiene las siguientes funciones:
a) Contribuir a la generación e intercambio de información técnica relevante para la prevención, reducción y seguimiento de los delitos e infracciones ambientales con énfasis en la Tala Ilegal, Tráfico Ilícito de Fauna Silvestre y Minería Ilegal.
b) Proporcionar análisis estratégicos relacionados con la comisión de delitos e infracciones ambientales.
c) Diseñar y proponer mejoras normativas e institucionales para prevenir y reducir la comisión de los delitos e infracciones ambientales.
d) Coordinar con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y el Sistema de Justicia para fortalecer la articulación en la prevención, reducción y seguimiento de los delitos e infracciones ambientales.
e) Elaborar y proponer los lineamientos y criterios para la formulación, implementación y evaluación de las políticas públicas sobre delitos e infracciones ambientales, que permitan un adecuado y oportuno acceso a la justicia ambiental, así como en la toma de decisiones institucionales.
f) Coadyuvar en la implementación de las medidas de reconocimiento y protección de los defensores ambientales.
g) Proponer la invitación a otras instituciones públicas, privadas o de la sociedad civil, la cooperación internacional, entidades de fiscalización, así como a profesionales especializados, para que contribuyan en la formulación de recomendaciones específicas orientadas a la prevención de los delitos ambientales e infracciones ambientales.
h) Otras que sean asignadas por el Viceministerio de Gestión Ambiental
Artículo 3.- Designación de Coordinador/a
Designar como Coordinador de la Unidad Funcional de Delitos Ambientales – UNIDA del Ministerio del Ambiente, al señor Jimpson Jesús Dávila Ordoñez, Asesor de Despacho Ministerial.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.